domingo, 31 de agosto de 2014

¿Y tu seguro social?

Me llegan muchas consultas sobre este tema…

He visto casos donde trabajadores se la pasan trabajando más de 10 año para un patrón y cuando deciden gestionar su pensión se dan cuenta que nunca fueron dados de alta por su último patrón.

En consecuencia no se pueden pensionar.

Además hay que señalar que el patrón hizo los descuentos correspondientes al salario del trabajador, nada más nunca los enteró al seguro social.

Esto señores pasa y pasa muy seguido.

Así que déjame aclararte un punto muy importante, porque también he escuchado que los patrones contratan a sus trabajadores y les prometen que le van a dar seguro social y el tiempo pasa y nada ocurre.

¨en un mes te voy a dar de alta¨…, ¨cuando cumplas 3 meses de trabajar con nosotros, te damos de alta¨… y cosas por el estilo.

Bueno te paso aclarar la situación.

El patrón una vez que te contrate tiene 5 días hábiles para darte de alta ante el seguro social, así lo establece la ley.

¿Pero cómo me doy cuenta si mi patrón me dio de alta?

Acude directamente a las oficinas regionales del seguro social de tu estado y averígualo.

Después no hay lugar para excusas. Si no te dieron de alta ante el seguro social, creo que tú también tienes responsabilidad por permitir que esto suceda.

Valóralo.

Hasta la próxima!
Vic Abogados Laborales de Trabajadores





miércoles, 20 de agosto de 2014

¿Te están por correr de tu trabajo?, 3 consejos legales que tienes que saber…


¿Te están por correr de tu trabajo?


3 consejos legales que tienes que saber…

1.- No firmes ningún finiquito, renuncia, hoja en blanco, etc

(siempre te van a ofrecer menos cantidad de dinero que lo que por ley te corresponde).

2.- Recaba cualquier tipo de documentación que te relacione con la empresa:

Nota: Si tienes seguro social con eso basta.

En caso negativo:

Gafetes, Recibo de Nomina, Cartas a tu nombre de la empresa, etc
3.-Acude con tu abogado laboral de confianza.

martes, 19 de agosto de 2014

¿Estás satisfecho/a con tu trabajo?

¿Estás satisfecho/a con tu trabajo?


En estos momentos no se cual será tu respuesta…

En caso afirmativo, Te felicito!.

En caso negativo analicemos juntos unas cuestiones…

Nada más tenemos que hacer un trato antes…

Tienes que escribirlas en algún papel para luego analizarlas y sacar tus propias conclusiones.

Esto te ayudará a determinar qué quieres hacer y hasta donde quieres llegar…

  1. ¿Estás trabajando de lo que te gusta hacer?
  2. ¿Sientes pasión por esto?
  3. ¿Cada día te levantas entusiasmado por ir hacer lo que te gusta? .
Encima te pagan por hacerlo wowww

Analicemos la primera pregunta 

Ok, no estás trabajando de lo que te gusta hacer….(por que si no, no hubieras seguido leyendo)

Entonces que tienes que hacer….(te doy un empujoncito)…..Tienes que hacer lo que te gusta hacer y ver como poder hacerlo, ya sea buscar un cierto tipo de trabajo, poner tu empresa, piensa que debes hacer al respecto, todas las respuestas están ahí…

Ok! Entonces ¿Qué pasos hay que seguir para hacer esto?

1.      Cierra los ojos e imagínate….que estas en el trabajo de tus sueños…(¿Cuál es?), yo no sé tu dime….

Imagínate como estas vestido, el color de tus zapatos, el color de tu camisa, la textura de la vestimenta. ¿Lo sientes?, sientes eso, esa satisfacción, esa alegría…pero quiero que realmente lo sientas, siente el olor de tu perfume, si estás ahí en el trabajo de tus sueños!.

Que lindo! poder hacer lo que me gusta y vivir de eso!, fantástico!

Bueno ya sabemos cuál es el trabajo de tus sueños…

Ahora para conseguir el trabajo de tus sueños: ¿Qué necesitas?

Busca dentro tuyo, ahí están todas las respuestas, y dime que necesitas…

Escríbelo las respuestas que te vienen a la mente, así como vienen….luego las ordenamos… pero escríbelo!

¿Te ayudo?

¿Qué necesitas para tener el trabajo de tus sueños?
¿Qué vas a hacer para realizar el trabajo de tus sueños?
¿Qué pasos tienes que seguir para realizar el trabajo de tus sueños?.
¿Cuando los vas a empezar a realizar?

Señala fecha y hora

Escríbelo!

 No pospongas nunca lo que se puede hacer hoy…ten en cuenta que las gratificaciones que vas a tener…cierra los ojos y saca tus propias conclusiones.

Ya sabemos cual es es trabajo de tus sueños!
Ya sabemos lo que vas hacer para conseguirlo!
Ya sabemos cuando vas a empezar a tomar esos pasos!

Entonces hazlo pero ya!



lunes, 18 de agosto de 2014

Multas a mi salario: Son ilegales.

Multas al Salario: Son Ilegales.

Las multas que me hace mi patrón a mi salario ¿Son Legales?

Sobre este tema quiero comentar en estos momentos debido a que hoy en día es una práctica muy común que sucede en las empresas de todos los ramos. (por lo menos aquí en México).

Un día me contacta un trabajador, llamémosle Pedro, y me cuenta la siguiente historia:

Pedro trabajaba en una fuente de trabajo X. Un buen día cuando él y todos sus compañeros estaban haciendo su trabajo, cada quien en su área, alguien le comenta al propietario que un desagüe, estaba tapado.

Por tal causa el patrón se vio muy molesto. En consecuencia como ¨castigo¨ a los trabajadores tomó la decisión de descontarle de su salario por concepto de ¨multa¨ la cantidad de $ 100.00 (cien pesos), como unos 8 dólares,  A CADA TRABAJADOR, de su salario.

Ahora bien, es muy preciso señalar que esta práctica muy común hoy en día, es totalmente I L E G A L.

Y esto no es idea mía. La Ley Federal del Trabajo claramente lo establece en:
El artículo quinto, fracción décima.

Artículo 5o.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público por lo que no producirá efecto legal, ni impedirá el goce y el ejercicio de los derechos, sea escrita o verbal, la estipulación que establezca:

X. La facultad del patrón de retener el salario por concepto de multa.

Así como también el artículo 107 de la Ley Federal del Trabajo.

Artículo 107.- Está prohibida la imposición de multas a los trabajadores, cualquiera que sea su causa o concepto.


Entonces te tengo una pregunta para ti: ¿Por qué lo permites?

Saludos Cordiales.
Vic Abogados Laborales de Trabajadores.
Tel: 8421-3334 / Cel 33-1975-8191
Garibaldi 310, Esq. Alcalde, Col. Centro, Guadalajara, Jalisco.



domingo, 17 de agosto de 2014

¿Cuantas horas tengo que trabajar al día?

¿Eres Trabajador? 

¿Sabes cuantas horas como máximo puedes trabajar por día?



Déjame comentarte que existe 3 tipos de jornadas laborales: la diurna (de día), la nocturna y la mixta.

La jornada de día es la que se encuentra entre las 6 de la mañana y las 20:00 horas (ocho de la noche).

La nocturna es la que se encuentra entre las 8 de la noche y las 6 de la mañana.
Y la Jornada Mixta. La ley menciona:

Jornada mixta es la que comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el período nocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más, se reputará jornada nocturna.

Pero independientemente de esto.  ¿cuántas horas como máximo debo trabajar para mi patrón?

8 horas como máximo en la jornada de día, siete en la jornada nocturna y siete horas y media en la mixta.

¿Y en caso que trabaje más horas por día para mi patrón?

Estas se pagan como horas extras. En el artículo anterior te indicamos como te tienen que pagar tus horas extras


Saludos Cordiales.
Vic Abogados Laborales de Trabajadores.
Tel: 8421-3334 / Cel 33-1975-8191
Garibaldi 310, Esq. Alcalde, Col. Centro, Guadalajara, Jalisco.